Venezuela necesita una reconciliación real, no gestos simbólicos

Venezuela necesita una reconciliación real, no gestos simbólicos

En contextos de guerra, pacificación significa un alto el fuego logrado mediante acuerdos. En su sentido más literal, pacificación se refiere al acto de volverse pacífico. En Venezuela, sin embargo, la pacificación no puede reducirse a simplemente “volver a la paz”. El concepto adquiere un significado político porque la violencia no es simétrica ni bilateral. Pacificar en Venezuela significa desmantelar la violencia estatal y abrir el sistema político a todos los actores.

En este sentido, las leyes de amnistía se conciben como una forma de justicia especial para contextos en los que la pacificación es necesaria. Son instrumentos jurídicos que los Estados utilizan excepcionalmente para cerrar ciclos de conflicto. Amnistía no se trata de perdonar actos aislados, sino de poner fin a las consecuencias penales derivadas de conflictos en los que la justicia operó de forma selectiva y se convirtió en una herramienta de persecución política.

En contextos de transición, la amnistía se ha utilizado repetidamente. España, Chile y Colombia se encuentran entre los ejemplos más cercanos a Venezuela, y en todos ellos la amnistía sirvió de puente entre un pasado de persecución y un futuro de competencia política democrática.

Amnistía debe perseguir un único objetivo: impedir la repetición de abusos. Por eso, si bien se pueden decretar amnistías, no son instrumentos ilimitados. Por el contrario, deben excluir las violaciones de derechos humanos e impedir la impunidad. Desde esta perspectiva, el proyecto de ley aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional es insuficiente para el momento que enfrenta el país y para desmantelar el aparato represivo del régimen.

El artículo 6 no menciona hechos ocurridos en 2015, 2016, 2018, 2020, 2021, 2022, 2023 y parte de 2024. Por lo tanto, excluye los casos que involucran a militares injustamente encarcelados.

Comencemos con uno de los principios básicos del proceso legislativo: la transparencia. La forma en que se presentó el proyecto de ley no logró inspirar confianza entre los actores políticos y la sociedad civil. En el momento del debate en la cámara, el texto del proyecto de ley no estaba disponible públicamente. En las redes sociales sólo circularon versiones no oficiales. No fue hasta 24 horas después que el borrador aprobado fue publicado informalmente a través de X, socavando el principio de publicidad que debería regir la elaboración de leyes.

Vaguedad deliberada

Dejando de lado los defectos procesales, debemos examinar el fondo de la ley. Para empezar, Delcy Rodríguez y la Asamblea Nacional no necesitan una ley de amnistía para liberar a los más de 600 presos políticos que, hasta la mañana del 9 de febrero, permanecían detenidos en Venezuela. Una ley de amnistía debería apuntar a corregir fallas estructurales en el sistema de justicia, abordar los abusos y garantizar la no repetición.

Reducir los actos cubiertos por la amnistía a “actos de violencia por motivos políticos” (artículo 1) es demasiado simplista para el contexto venezolano. Más de veinte años de represión y persecución sistemática de la disidencia requieren tipologías precisas. La enumeración de acontecimientos históricos no define claramente qué constituye un “delito político o conexo”. Esta falta de especificidad otorga un poder discrecional excesivo a los jueces, quienes, en un país sin independencia judicial, pueden reproducir la misma arbitrariedad que la ley busca corregir.

Esta vaguedad también excluye muchas situaciones que han sido utilizadas por el aparato represivo, ya que no todas las personas encarceladas injustamente fueron detenidas por “actos de violencia”. La ley establece además la exclusión de los “delitos contra el patrimonio público” (artículo 7.4), lo cual es particularmente peligroso. Coloca en la misma categoría los delitos de corrupción y el uso de sanciones administrativas como castigo político. Como resultado, el proyecto de ley deja desprotegidos a quienes sufren inhabilitaciones políticas o a funcionarios públicos perseguidos y acosados ​​por motivos ideológicos. Esto no es casual: impide crear precedentes que puedan sustentar una amnistía para figuras como María Corina Machado y otros actores políticamente inhabilitados.

Los órganos autorizados para ejecutarla son los tribunales y el Ministerio Público, mismas instituciones responsables de los abusos que la ley busca remediar.

Más allá de la tipificación, el proyecto de ley también omite hechos importantes que merecen amnistía. Si bien las disposiciones introductorias establecen un período “del 1 de enero de 1999 al 30 de enero de 2026”, el artículo 6 no menciona hechos ocurridos en 2015, 2016, 2018, 2020, 2021, 2022, 2023 y parte de 2024. Por lo tanto, excluye casos que involucran a militares injustamente encarcelados, como la Operación Gedeón. o el ataque con drones de 2018 contra Maduro. El alcance temporal de la ley sigue sin estar claro debido a sus propias contradicciones internas.

Otro aspecto preocupante es el principio interpretativo establecido en el artículo 5, que establece que en caso de duda prevalecerá la interpretación que favorezca la protección de los derechos humanos, dejando de lado un principio básico del derecho penal: en duda para el acusadolo que significa que la duda debe resolverse a favor del imputado.

Pagarse a uno mismo y devolver el cambio

El procedimiento para implementar la amnistía no es verificable. Los órganos autorizados para ejecutarla son los tribunales y el Ministerio Público, mismas instituciones responsables de los abusos que la ley busca remediar. Un claro ejemplo de los peligros de este arreglo es la revocación de la orden de libertad de Juan Pablo Guanipa, anunciada por el Ministerio Público a través de las redes sociales. Permitir que la ejecución de la ley esté controlada únicamente por quienes cometieron la injusticia es como engañarse a uno mismo.

Además, el procedimiento requiere que la iniciativa provenga del Ministerio Público o de la persona procesada o condenada, dejando un vacío para quienes físicamente no pueden presentar las solicitudes por sí mismos, incluidos los detenidos y las personas en el exilio. Para remediar esto, se debe autorizar expresamente la representación legal en el proceso de amnistía.

El proceso legislativo debe abrirse aún más para incluir a los ciudadanos, las familias de quienes aún están detenidos injustamente y, especialmente, los que han sido liberados recientemente. Sus testimonios son esenciales.

Reconociendo estas deficiencias, nuestro deber como juristas y como venezolanos es también proponer soluciones. La primera recomendación es garantizar publicidad y transparencia durante todo el proceso legislativo. La Asamblea Nacional podría convertir el proceso iniciado el jueves en una auténtica consulta nacional. Las recientes invitaciones extendidas a decanos de facultades de derecho de la UCAB, UNIMET y UCV, así como a grupos de derechos humanos como Provea, Foro Penal y Acceso a la Justicia, son señales alentadoras, siempre que estas voces sean genuinamente escuchadas y reflejadas en cambios sustanciales.

Cuidado con el olvido por diseño

Aún así, este esfuerzo no es suficiente. Una ley de amnistía debería ser el marco para la reconciliación y la consolidación de la paz. El proceso legislativo debe abrirse aún más para incluir a los ciudadanos, las familias de quienes aún están detenidos injustamente y, especialmente, los que han sido liberados recientemente. Sus testimonios son esenciales para comprender los abusos del pasado y diseñar garantías de no repetición.

La segunda recomendación se refiere al fondo de la ley. La amnistía no puede ser tratada como una herramienta de comunicación de “clemencia”. Su finalidad debe ser la no repetición. Como bien lo expresó Juan Miguel Matheus (2019), la reconciliación requiere “olvidar lo suficiente para que no haya lugar para la venganza o el resentimiento histórico, y recordar lo suficiente para evitar que vuelvan a ocurrir atrocidades”.

En este sentido, la disposición del proyecto de ley que exige la eliminación de archivos y registros relacionados con los beneficiarios de la amnistía es profundamente problemática. En lugar de promover la verdad, se corre el riesgo de permitir la impunidad de los funcionarios que cometieron violaciones de derechos humanos. La documentación debe conservarse para garantizar la rendición de cuentas y la no repetición.

El artículo 12 establece además que la supervisión de la implementación de la ley recaería en el Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, Justicia y Paz, encabezado por Diosdado Cabello, quien ha liderado la represión y la violencia estatal durante años. Esto hace imposible una supervisión genuina. Por lo tanto, una tercera recomendación es la creación de una Comisión Especial dentro de la Asamblea Nacional, compuesta por legisladores y representantes de la sociedad civil, para monitorear el cumplimiento.

El proyecto de ley también carece de disposiciones transitorias y no deroga las leyes represivas existentes. Una cuarta recomendación es la derogación de leyes como la ley contra el odio, la llamada anti-ONG y la ley de decomiso de activos, así como la revocación de prohibiciones políticas injustas impuestas por la Contraloría General y la reinstalación de funcionarios destituidos por razones ideológicas.

Finalmente, un llamado a los legisladores e invitados a participar en este proceso, desde las universidades, la sociedad civil y otros sectores. El proyecto de ley de amnistía no es un regalo del régimen a la oposición. Es una oportunidad para pacificar el país y encontrar caminos reales hacia una transición. Esta responsabilidad exige que actuemos pensando en todos: dentro y fuera del país, y todos aquellos que puedan estar amparados por la ley.

En momentos de confusión, debemos centrarnos en lo que importa. Se está debatiendo una ley de amnistía que será aprobada. Es difícil producir soluciones perfectas en las circunstancias actuales, pero las recomendaciones de la sociedad civil y los expertos deben traducirse en cambios sustanciales. La reconciliación en Venezuela significa sanar después de años de injusticia para poder reconstruir una sociedad golpeada por el conflicto.

La nueva ley debe servir para que el régimen reconozca que, durante años, implementó una política de represión y persecución. A partir de ahí, debe permitir la reconstrucción del Estado de derecho, el restablecimiento de la confianza en las instituciones y la transición hacia un país donde todas las personas tengan oportunidades reales de vivir con dignidad.

Como ciudadanos, tenemos la tarea de exigir (incluso a través de canales informales, los únicos disponibles en ausencia de instituciones que funcionen) que se respeten las normas institucionales y que se garanticen la justicia y la paz. Esta es una ley aún en construcción. No es un gesto simbólico del régimen. Debemos convertirlo en el punto de partida para una reconciliación genuina.

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