{"id":46919,"date":"2025-10-23T10:01:13","date_gmt":"2025-10-23T14:01:13","guid":{"rendered":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=46919"},"modified":"2025-10-23T10:01:13","modified_gmt":"2025-10-23T14:01:13","slug":"el-tribunal-de-estrasburgo-condena-a-espana-por-no-hacer-una-investigacion-eficaz-en-dos-denuncias-por-violacion-por-sumision-quimica-sociedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=46919","title":{"rendered":"El Tribunal de Estrasburgo condena a Espa\u00f1a por no hacer una investigaci\u00f3n \u201ceficaz\u201d en dos denuncias por violaci\u00f3n por sumisi\u00f3n qu\u00edmica | Sociedad"},"content":{"rendered":"<p> \n<br \/><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/imagenes.elpais.com\/resizer\/v2\/VXUWXQLMLBBBDLKA24N4T54XZU.JPG?auth=9605ab65a109d169b3dd3f1c50d1368759e83c04819ff515fc56812df0716260\" \/><\/p>\n<div data-dtm-region=\"articulo_cuerpo\">\n<p class=\"\">El Tribunal Europeo de Derechos Humanos conden\u00f3 este jueves a Espa\u00f1a por no haber llevado a cabo una investigaci\u00f3n \u201ceficaz\u201d del caso de dos mujeres que denunciaron haber sido violadas por sumisi\u00f3n qu\u00edmica en 2016 en Pamplona y cuyas pruebas fueron perdidas o manipuladas bajo custodia policial. En su sentencia por unanimidad, publicada este martes, los jueces europeos establecen que en este caso se ha producido una violaci\u00f3n del art\u00edculo 3 (prohibici\u00f3n de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del art\u00edculo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar). <\/p>\n<p class=\"\">Los hechos se remontan a diciembre de 2016, cuando las demandantes denunciaron haber sido drogadas por sustancias vertidas en sus bebidas en un bar de Pamplona y agredidas sexualmente por dos hombres. Posteriormente, se produjo la p\u00e9rdida y manipulaci\u00f3n de pruebas cruciales bajo custodia policial. El Tribunal de Estrasburgo concluy\u00f3 que las autoridades espa\u00f1olas no hab\u00edan llevado a cabo una investigaci\u00f3n eficaz, en particular debido a la p\u00e9rdida y manipulaci\u00f3n sistem\u00e1tica de pruebas potencialmente cruciales, las insuficientes garant\u00edas de independencia de la investigaci\u00f3n y una respuesta manifiestamente inadecuada a dichas deficiencias, que iban m\u00e1s all\u00e1 de \u201cerrores aislados\u201d u omisiones menores en la investigaci\u00f3n. <\/p>\n<p class=\"\">Adem\u00e1s, seg\u00fan el tribunal, las medidas adoptadas por las autoridades no hab\u00edan podido compensar la p\u00e9rdida de pruebas que hab\u00eda sido fundamental para las acusaciones de sumisi\u00f3n qu\u00edmica. Asimismo, las investigaciones sobre posibles faltas de conducta policial se hab\u00edan iniciado tras un lapso considerable de tiempo y se hab\u00edan encomendado a los mismos \u00f3rganos judiciales y policiales que hab\u00edan supervisado la investigaci\u00f3n original, seg\u00fan el tribunal. Por todo ello, el tribunal ha determinado que Espa\u00f1a debe pagar a cada una de las demandantes 20.000 euros en concepto de da\u00f1o moral y 5.000 euros conjuntamente en concepto de costas judiciales. <\/p>\n<p class=\"\">La noche del 7 de diciembre de 2016, las dos mujeres, de nacionalidad espa\u00f1ola, se encontraron con dos hombres en un bar y tomaron una copa con ellos. Al despertarse desnudas a la ma\u00f1ana siguiente en el apartamento de uno de ellos, alegaron no recordar nada del resto de la noche. Posteriormente, la Unidad de Familia y Mujer (UFAM) de la Polic\u00eda Nacional abri\u00f3 investigaciones y los dos hombres fueron detenidos e interrogados. Reconocieron haber mantenido relaciones sexuales, pero sostuvieron que fueron consentidas. <\/p>\n<p class=\"\">En enero de 2017 se abri\u00f3 un proceso penal formal. Durante la investigaci\u00f3n, se descubri\u00f3 que uno de los dos era cu\u00f1ado de un agente de polic\u00eda asignado a la unidad UFAM, responsable de la investigaci\u00f3n del caso. Pruebas cruciales desaparecieron o se vieron comprometidas mientras se encontraban bajo custodia policial, como por ejemplo un informe forense derivado de los datos de un tel\u00e9fono m\u00f3vil perteneciente a uno de los hombres, elaborado por la Polic\u00eda Nacional en Madrid, y que desapareci\u00f3 en Pamplona. Tambi\u00e9n desaparecieron o fueron manipulados fragmentos de las im\u00e1genes de videovigilancia del bar donde se conocieron los cuatro y se descubri\u00f3 que el disco duro utilizado para almacenar los datos forenses de los tel\u00e9fonos m\u00f3viles de ambos sospechosos hab\u00eda sido borrado y sobrescrito, con la p\u00e9rdida de todo su contenido. <\/p>\n<p class=\"\">Si bien reconoci\u00f3 la gravedad de las acusaciones y consider\u00f3 que los relatos de las demandantes eran cre\u00edbles y carentes de segundas intenciones, el juzgado concluy\u00f3 entonces que no hab\u00eda pruebas suficientes para establecer relaciones sexuales no consentidas. Posteriormente, el juez abri\u00f3 un procedimiento separado para examinar posibles faltas de conducta y manipulaci\u00f3n de pruebas, pero se cerr\u00f3 el 8 de octubre de 2021 sin que se presentaran cargos. Las pruebas recopiladas durante casi cinco a\u00f1os de investigaci\u00f3n no hab\u00edan demostrado m\u00e1s all\u00e1 de toda duda razonable que los sospechosos hubieran administrado sustancias a las demandantes ni que hubieran tenido conocimiento de que las dos mujeres estaban inconscientes durante las relaciones sexuales. <\/p>\n<p class=\"\">El tribunal reconoci\u00f3 que la investigaci\u00f3n se hab\u00eda visto notablemente afectada por irregularidades procesales y la desaparici\u00f3n de pruebas digitales, pero determin\u00f3 que estos factores no compensaban la falta de pruebas sustanciales. Concluy\u00f3 que la investigaci\u00f3n hab\u00eda sido exhaustiva, con tres causas separadas con respecto a las irregularidades. <\/p>\n<p class=\"\">Una de las demandantes no acept\u00f3 el archivo de la investigaci\u00f3n principal por estar pendientes las tres investigaciones separadas. Sin embargo, en julio de 2022 se dict\u00f3 auto de sobreseimiento. La Audiencia Provincial desestim\u00f3 el recurso de casaci\u00f3n de las demandantes y declar\u00f3 inadmisible su posterior solicitud de anulaci\u00f3n, al igual que el Tribunal Constitucional, al considerar el recurso de amparo que interpusieron, por lo que elevaron su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que este jueves les ha dado la raz\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Europeo de Derechos Humanos conden\u00f3 este jueves a Espa\u00f1a por no haber llevado a cabo una investigaci\u00f3n \u201ceficaz\u201d del caso de dos mujeres que denunciaron haber sido violadas por sumisi\u00f3n qu\u00edmica en 2016 en Pamplona y cuyas pruebas fueron perdidas o manipuladas bajo custodia policial. 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