{"id":37134,"date":"2025-07-22T20:23:11","date_gmt":"2025-07-23T00:23:11","guid":{"rendered":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=37134"},"modified":"2025-07-22T20:23:11","modified_gmt":"2025-07-23T00:23:11","slug":"el-constitucional-admite-a-tramite-el-recurso-del-defensor-del-pueblo-por-la-desproteccion-del-lobo-clima-y-medio-ambiente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=37134","title":{"rendered":"El Constitucional admite a tr\u00e1mite el recurso del Defensor del Pueblo por la desprotecci\u00f3n del lobo | Clima y Medio Ambiente"},"content":{"rendered":"<p> \n<br \/><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/imagenes.elpais.com\/resizer\/v2\/R6ZJANZNF5GKHFA3LZWD2YJQ5Q.jpg?auth=c8e953e786be625fd546ac804b00d762f95c15a22a2c54984ab9e64e26bd1888\" \/><\/p>\n<div data-dtm-region=\"articulo_cuerpo\">\n<p class=\"\">El Tribunal Constitucional ha admitido a tr\u00e1mite por unanimidad el recurso del Defensor del Pueblo contra tres apartados de la ley que permite volver a matar lobos en Espa\u00f1a. Se trata de la disposici\u00f3n adicional octava, la transitoria \u00fanica y la final decimonovena de la ley 1\/2025, de 1 de abril, de prevenci\u00f3n de las p\u00e9rdidas y el desperdicio alimentario. El recurso presentado por el Defensor plantea que las dos primeras normas vulneran el art\u00edculo 45 de la Constituci\u00f3n \u2014relativo al derecho al medio ambiente y su protecci\u00f3n\u2014, y la tercera lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva. El ponente del asunto es el magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia y miembro del sector progresista del tribunal.<\/p>\n<p class=\"\">La importancia del recurso y de su admisi\u00f3n a tr\u00e1mite radica en que los preceptos impugnados por el Defensor del Pueblo modifican el r\u00e9gimen de protecci\u00f3n del lobo en Espa\u00f1a. La disposici\u00f3n adicional octava aborda el control de las especies naturales depredadoras, poni\u00e9ndolo en relaci\u00f3n con la eficiencia del sistema productivo. A su vez, la disposici\u00f3n final decimonovena modifica el Real Decreto 139\/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en R\u00e9gimen de Protecci\u00f3n Especial (LESPRE) y del Cat\u00e1logo Espa\u00f1ol de Especies Amenazadas. La disposici\u00f3n transitoria \u00fanica, por otra parte, alude a la salida inmediata de dicho listado de las poblaciones de lobo al sur del r\u00edo Duero, para el caso de que se cambie su r\u00e9gimen de protecci\u00f3n a escala comunitaria, como ya ha ocurrido.<\/p>\n<p class=\"\">El recurso del Defensor impugna estas normas, por entender que lesionan derechos establecidos por la Constituci\u00f3n. En relaci\u00f3n con la disposici\u00f3n adicional octava, se cuestiona que la redacci\u00f3n del precepto emplee t\u00e9rminos \u201cindeterminados y confusos\u201d. Se trata de un precepto que establece que las autorizaciones para cazar lobos podr\u00e1 justificarse en \u201cla eficiencia del sistema productivo\u201d, y tambi\u00e9n por otros motivos ya previstos en la ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.<\/p>\n<p class=\"\">Este resquicio en la protecci\u00f3n de la especie se dice que ser\u00e1 igualmente aplicable a cualquier otra especie depredadora que suponga un alto impacto en el sistema productivo y que est\u00e9 incluida en el mencionado Listado de Especies Silvestres en R\u00e9gimen de Protecci\u00f3n Especial. La cr\u00edtica del Defensor es que el car\u00e1cter indeterminado de la forma facilita que no sea necesario invocar la existencia de situaciones extraordinarias para que pueda resultar de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"\">El Defensor explica en su recurso que para dicha aplicaci\u00f3n no ser\u00e1 indispensable valorar los datos que existan sobre la situaci\u00f3n de las especies concernidas y su conservaci\u00f3n o vulnerabilidad en Espa\u00f1a. Tampoco prev\u00e9 la norma que haya que tomar en consideraci\u00f3n an\u00e1lisis alguno sobre el equilibrio de los ecosistemas de cada zona, o el papel que dichas especies puedan jugar para garantizar este objetivo, de modo que puedan permanecer en el citado listado para facilitar su protecci\u00f3n. A su vez, la disposici\u00f3n final decimonovena, la que extrae del LESPRE al lobo al sur del Duero, carece a juicio del Defensor del Pueblo de \u201cla m\u00ednima informaci\u00f3n t\u00e9cnica o cient\u00edfica de car\u00e1cter medioambiental que respalde su adopci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<h3 class=\"\">278 solicitudes para el recurso<\/h3>\n<p class=\"\">El Defensor del Pueblo, \u00c1ngel Gabilondo, present\u00f3 el pasado 3 de julio un recurso de inconstitucionalidad contra tres disposiciones escondidas por el PP en la ley de desperdicio alimentario, que permitieron sacar al lobo del listado de especies protegidas y, como consecuencia, que se le volviera a cazar. Votaron a favor PP, Junts, Vox y el PNV. La instituci\u00f3n hab\u00eda recibido 278 solicitudes instando a ello, y tras estudiarlas consider\u00f3 que se vulneran varios art\u00edculos constitucionales.<\/p>\n<p class=\"\">Al poco tiempo de entrar en vigor la ley 1\/2025 de desperdicio alimentario, el 1 de abril, Asturias anunci\u00f3 la autorizaci\u00f3n para cazar y matar a un m\u00e1ximo de 53 lobos, el 15% de su poblaci\u00f3n; La Rioja y Galicia han incluido la especie en sus \u00f3rdenes de veda para 2025, sin especificar cupos, mientras que Castilla y Le\u00f3n abordar\u00e1 su caza una vez que est\u00e9 terminado el informe sexenal que Espa\u00f1a tiene que enviar a Europa sobre esta y otras especies incluidas en la Directiva H\u00e1bitats.<\/p>\n<p class=\"\">Las entidades en defensa del lobo celebran la noticia. \u201cEsto deja en evidencia esta iniciativa desquiciada y es un aviso a navegantes. No cabe esto en nuestro marco jur\u00eddico\u201c, explica a EL PA\u00cdS Nacho Mart\u00ednez, portavoz de la Asociaci\u00f3n para la Conservaci\u00f3n y Estudio del Lobo Ib\u00e9rico (Ascel). \u201dEste mecanismo es una puerta abierta para que se anule la caza del lobo, permitida por la puerta de atr\u00e1s, y tendr\u00e1 repercusi\u00f3n en los debates jur\u00eddicos que estamos manteniendo en las diferentes comunidades aut\u00f3nomas\u201d, a\u00f1ade.<\/p>\n<p class=\"\">Coincidiendo con el inicio de las deliberaciones del Constitucional, miles de personas convocadas por cerca de 200 organizaciones se manifestaron el pasado 22 de junio en Madrid bajo el lema \u201cLobo vivo y protegido\u201d para denunciar el \u201cgrave retroceso\u201d que est\u00e1 viviendo el c\u00e1nido desde que puede volver a matar en Espa\u00f1a. Los asistentes reclamaron el fin inmediato de las batidas de lobo, una especie \u201cclave\u201d en los ecosistemas.<\/p>\n<p class=\"\">Mientras, 116 cient\u00edficos han pedido este martes en una carta abierta a las comunidades aut\u00f3nomas con poblaciones de lobos y al Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y Reto Demogr\u00e1fico establecer en 500 manadas el umbral m\u00ednimo para garantizar la viabilidad a largo plazo del lobo ib\u00e9rico como especie, as\u00ed como no permitir la caza de ejemplares.<\/p>\n<p class=\"\">De hecho, el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica hizo p\u00fablico el 27 de junio el \u00faltimo censo del lobo, con datos de las comunidades aut\u00f3nomas, que dan un total de 333 manadas y unos entre 1.300 y 1.600 individuos, lo que supone una situaci\u00f3n desfavorable. <\/p>\n<\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Constitucional ha admitido a tr\u00e1mite por unanimidad el recurso del Defensor del Pueblo contra tres apartados de la ley que permite volver a matar lobos en Espa\u00f1a. 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