{"id":26465,"date":"2025-05-09T02:42:21","date_gmt":"2025-05-09T06:42:21","guid":{"rendered":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=26465"},"modified":"2025-05-09T02:42:21","modified_gmt":"2025-05-09T06:42:21","slug":"consumo-propone-prohibir-las-resenas-falsas-en-internet-que-perjudican-a-turismo-y-hosteleria-sociedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticiasveraces.com\/?p=26465","title":{"rendered":"Consumo propone prohibir las rese\u00f1as falsas en internet que perjudican a turismo y hosteler\u00eda | Sociedad"},"content":{"rendered":"<p> \n<br \/><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/imagenes.elpais.com\/resizer\/v2\/QEAIADKUCJD5VJCNVYMPWOUTKY.jpg?auth=394ed455daefd1bcc7e4397af2c965d245e5d090d929d31fe0b9a41d4a4da782\" \/><\/p>\n<div data-dtm-region=\"articulo_cuerpo\">\n<p class=\"\">Las rese\u00f1as digitales, aquellas en que los consumidores valoran bares, restaurantes y hoteles, son una buena manera de descubrir locales interesantes, pero tambi\u00e9n una fuente de conflicto: muchas empresas (sobre todo de restauraci\u00f3n) se quejan de que reciben comentarios falsos para perjudicarlos, algo que tambi\u00e9n distorsiona la percepci\u00f3n de los consumidores. Consumo quiere acabar con esta pr\u00e1ctica con una modificaci\u00f3n legal, a la que ha tenido acceso EL PA\u00cdS, que permitir\u00e1 a los empresarios solicitar la retirada de una rese\u00f1a siempre que acrediten que el usuario no ha disfrutado del bien o servicio o que dicho comentario no es ver\u00eddico. Los clientes solo podr\u00e1n hacer una valoraci\u00f3n en los 30 d\u00edas siguientes. Con estas medidas, pretenden frenar las pr\u00e1cticas abusivas. <\/p>\n<p class=\"\">Las valoraciones de usuarios vertidas en webs como TripAdvisor, TheFork o Booking o Amazon, o incluso en otras m\u00e1s especializadas, suponen muchas veces una diferencia importante a la hora de elegir acudir a un establecimiento u otro. Por eso, el departamento de Pablo Bustinduy considera necesario profundizar en la regulaci\u00f3n de las rese\u00f1as como se est\u00e1 haciendo en otros pa\u00edses de nuestro entorno (entre ellos, Italia), para garantizar su veracidad.<\/p>\n<p class=\"\">La iniciativa que propone el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 pretende aglutinar diferentes medidas, entre ellas la prohibici\u00f3n de compraventa de rese\u00f1as, la obligaci\u00f3n de indicar si se ha verificado que la rese\u00f1a ha sido interpuesta por un consumidor real, as\u00ed como que se ha hecho en los 30 d\u00edas posteriores a la compra o visita. <\/p>\n<p class=\"\">Bustinduy quiere modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de tal forma la nueva redacci\u00f3n del art\u00edculo 20 quedar\u00eda as\u00ed: \u201cLas pr\u00e1cticas comerciales en las que un empresario facilite el acceso a las rese\u00f1as de los consumidores y usuarios sobre bienes y servicios deber\u00e1n contener informaci\u00f3n sobre el hecho de que el empresario garantice (o no) que dichas rese\u00f1as publicadas han sido efectuadas por consumidores y usuarios que han utilizado o adquirido realmente el bien o servicio. A tales efectos, el empresario deber\u00e1 facilitar informaci\u00f3n clara a los consumidores y usuarios sobre la manera en que se procesan las rese\u00f1as\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">As\u00ed, \u201clas rese\u00f1as emitidas deber\u00e1n referirse a productos o servicios adquiridos o utilizados en los 30 d\u00edas naturales anteriores a la fecha de la rese\u00f1a y el empresario que comercialice el bien o servicio al que se refiera una rese\u00f1a estar\u00e1 facultado para responder a la misma a trav\u00e9s del mismo canal\u201d, contin\u00faa.<\/p>\n<p class=\"\">La modificaci\u00f3n tambi\u00e9n se refiere al derecho de los empresarios a solicitar que se eliminen las rese\u00f1as falsas o cuyos autores no hayan acudido al establecimiento. \u201cEl empresario a cuyo bien o servicio se refiera la rese\u00f1a estar\u00e1 facultado para solicitar la eliminaci\u00f3n de esta, para lo que deber\u00e1 acreditar, de forma fehaciente, que la rese\u00f1a no ha sido publicada por un consumidor o usuario que haya comprado o utilizado el bien o servicio\u201d. <\/p>\n<p class=\"\">Al ser una norma de \u00e1mbito general no se entra a concretar la forma en que el empresario deber\u00e1 acreditar la falta de veracidad de la rese\u00f1a, pudi\u00e9ndose utilizar elementos adaptados al caso concreto: pruebas que demuestren que una factura que se muestra en la rese\u00f1a ha sido manipulada; pruebas que demuestren que los precios a los que aluden las rese\u00f1as no son reales; listas de clientes que acrediten que la persona que ha puesto la rese\u00f1a no ha disfrutado del servicio\u2026<\/p>\n<p class=\"\">La medida se incluye en el paquete de modificaciones (pactadas entre Sumar y PSOE) que est\u00e1 adelantando Consumo respecto a la futura Ley de Atenci\u00f3n al Consumidor (ley SAC), que se encuentra en tr\u00e1mite en el Congreso. Varios de sus puntos modifican la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Previsiblemente, el PP apoyar\u00e1 al Gobierno en esta iniciativa, ya que esta misma semana ha presentado una moci\u00f3n en el Senado solicitando que el Gobierno promueva un cambio respecto a las rese\u00f1as.<\/p>\n<p class=\"\">La Ley de Servicios de Atenci\u00f3n a la Clientela se qued\u00f3 a las puertas del BOE en la anterior legislatura. Para retomarla, el Ejecutivo la llev\u00f3 a Consejo de Ministros en febrero por la v\u00eda de urgencia, y espera aprobarla en el Congreso en los pr\u00f3ximos meses. As\u00ed, incluye medidas como limitar los tiempos de espera telef\u00f3nicos a tres minutos, prohibir el uso exclusivo de contestadores autom\u00e1ticos en la atenci\u00f3n telef\u00f3nica y acotar el plazo de resoluci\u00f3n de reclamaciones a 15 d\u00edas.<\/p>\n<p class=\"\">Consumo ha ido preparando otras enmiendas que quiere incluir en la norma y que se han ido conociendo en los \u00faltimos d\u00edas. Una de ellas consiste en prohibir la renovaci\u00f3n autom\u00e1tica de productos contratados en Internet, como la que suelen aplicarse en aplicaciones y servicios de <i>transmisi\u00f3n<\/i>. As\u00ed, las empresas deber\u00e1n informar al consumidor con 15 d\u00edas de antelaci\u00f3n de forma previa al vencimiento del plazo para comunicar la voluntad de no renovaci\u00f3n, del vencimiento de dicho plazo y de las consecuencias de no comunicar la cancelaci\u00f3n de la renovaci\u00f3n.<\/p>\n<h3 class=\"\">Coto a los gastos de gesti\u00f3n<\/h3>\n<p class=\"\">Adem\u00e1s, el departamento de Pablo Bustinduy tambi\u00e9n pretende obligar a las empresas a incluir los gastos de gesti\u00f3n en el precio final de las entradas y servicios. Es habitual que los tiques para los conciertos aparezcan a un precio y solo en el \u00faltimo momento, cuando se va a pagar, se a\u00f1aden los gastos de gesti\u00f3n, que adem\u00e1s se multiplican si se compran varias entradas. <\/p>\n<p class=\"\">El texto propone exigir que se muestre siempre \u201cel precio final completo, incluidos los impuestos, desglosando en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicaci\u00f3n a la oferta y los gastos adicionales, incluidos los potenciales gastos de gesti\u00f3n, que se repercutan al consumidor o usuario\u201d. <\/p>\n<p class=\"\">Consumo ya hab\u00eda puesto en el radar los gastos de gesti\u00f3n. Hace unos meses envi\u00f3 una circular a los operadores advirtiendo que la interpretaci\u00f3n de la ley es que estos deb\u00edan estar incluidos en el precio de compra y se\u00f1alando tambi\u00e9n una serie de observaciones que las empresas deben respetar.<\/p>\n<p class=\"\">Entre ellas, que deben referirse exclusivamente a servicios que reciban los consumidores finales, sin poder traspasar a estos costes por servicios que reciba exclusivamente la empresa promotora del evento. Adem\u00e1s, que para un mismo evento o espect\u00e1culo, los costes adicionales no pueden variar en funci\u00f3n del precio de la entrada de dicho evento o espect\u00e1culo, ni ser un porcentaje sobre el precio base de la entrada, salvo que se ofrezcan servicios adicionales. <\/p>\n<p class=\"\">Otra de las observaciones es que los gastos de gesti\u00f3n no pueden ser superiores a los costes adicionales soportados por el consumidor al adquirir presencialmente las entradas para los mismos eventos o espect\u00e1culos. Mientras, advierte que si las entradas son nominativas, no se pueden cobrar costes adicionales por la rectificaci\u00f3n de errores en el nombre, cuando esta rectificaci\u00f3n est\u00e9 vinculada a un error ortogr\u00e1fico o tipogr\u00e1fico en las contrataciones <i>en l\u00ednea<\/i>. Por \u00faltimo, apuntan que no se pueden aplicar costes adicionales por acciones que recaen sobre el consumidor, como la impresi\u00f3n de la entrada, o la recepci\u00f3n y almacenaje de esta en un dispositivo m\u00f3vil.<\/p>\n<\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las rese\u00f1as digitales, aquellas en que los consumidores valoran bares, restaurantes y hoteles, son una buena manera de descubrir locales interesantes, pero tambi\u00e9n una fuente de conflicto: muchas empresas (sobre todo de restauraci\u00f3n) se quejan de que reciben comentarios falsos para perjudicarlos, algo que tambi\u00e9n distorsiona la percepci\u00f3n de los consumidores. 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